Entrada 1 — Cómo despolitizar el CGPJ sin caer en el corporativismo: una propuesta viable (Cuando la Constitución se pone a prueba)


 

Entrada 1 — Cómo despolitizar el CGPJ sin caer en el corporativismo: una propuesta viable (Cuando la Constitución se pone a prueba)

La crisis del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha convertido en uno de los síntomas más visibles del deterioro institucional en España. No es un problema nuevo, pero en las últimas legislaturas ha alcanzado un nivel de bloqueo que ya no puede explicarse solo por la falta de acuerdo político. El origen es más profundo: un diseño legal que se apartó del espíritu constitucional y que ha permitido la colonización partidista del órgano de gobierno de los jueces.

La buena noticia es que este problema tiene solución. Y no requiere una gran reforma constitucional, ni un referéndum, ni un rediseño completo del sistema judicial. Basta con volver al sentido original del constituyente, adaptándolo a las necesidades actuales y evitando los riesgos de corporativismo.

Esta entrada propone un modelo viable, equilibrado y técnicamente sólido para lograrlo.

 

1. El espíritu del constituyente: independencia judicial real

El artículo 122 de la Constitución establece que 12 de los 20 vocales del CGPJ deben ser “entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales”.

En los debates constituyentes, la intención era inequívoca: que esos 12 vocales fueran elegidos por la propia carrera judicial, como garantía de independencia frente al poder político.

La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 alteró ese equilibrio y permitió que los 20 vocales fueran elegidos por las Cortes Generales. El Tribunal Constitucional avaló la reforma, pero advirtió que si los partidos colonizaban el órgano, habría que revisar el sistema.

Cuatro décadas después, esa advertencia se ha cumplido.

 

2. El problema actual: un órgano bloqueado y desacreditado

El sistema vigente presenta tres fallos estructurales:

a) Colonización partidista

Los partidos han convertido el CGPJ en un espacio de reparto, donde cada uno negocia “sus” vocales.

b) Bloqueo permanente

La renovación exige mayorías cualificadas. Cuando los partidos no quieren pactar, el órgano queda paralizado durante años.

c) Pérdida de legitimidad

La ciudadanía percibe el CGPJ como un órgano politizado.

La Unión Europea ha señalado repetidamente este problema.

El resultado es un órgano debilitado, incapaz de ejercer con normalidad sus funciones esenciales.

 

3. La solución: devolver la elección a la estructura de la justicia, pero sin corporativismo

Volver al modelo original —elección exclusiva por jueces y magistrados— resolvería la politización, pero generaría otro problema: el riesgo de corporativismo judicial.

La clave está en encontrar un equilibrio: que la elección sea profesional, pero no cerrada; plural, pero no partidista.

La propuesta es sencilla:

Un censo amplio de profesionales de la justicia

Que participen en la elección:

·       jueces y magistrados,

·       fiscales,

·       letrados de la Administración de Justicia,

·       abogados del Estado,

·       procuradores,

·       catedráticos de Derecho.

Este censo refleja la realidad del sistema judicial español, que es más amplio que la carrera judicial estricta.

 

4. Cómo organizar la elección: un modelo profesional y equilibrado

La forma más razonable de organizar este proceso es mediante un censo único con voto ponderado por cuerpo profesional.

¿Por qué voto ponderado?

Porque:

·       garantiza que los jueces y magistrados mantengan el peso principal,

·       incorpora pluralidad profesional,

·       evita cuotas rígidas,

·       y reduce el riesgo de captura por un solo cuerpo.

Ejemplo de ponderación posible (orientativa):

·       Jueces y magistrados → 50%

·       Fiscales → 20%

·       Letrados de la Administración de Justicia → 10%

·       Abogados del Estado → 10%

·       Procuradores → 5%

·       Catedráticos de Derecho → 5%

El sistema es técnicamente sencillo: todos votan en un mismo proceso, y el recuento aplica automáticamente la ponderación establecida por ley.

Ventajas del modelo

·       Profesionalidad: votan quienes conocen el sistema judicial.

·       Pluralidad: no decide un solo cuerpo.

·       Independencia: se elimina la intervención directa de los partidos.

·       Legitimidad: el órgano refleja la diversidad del sistema de justicia.

·       Viabilidad: no requiere reforma constitucional.

 

5. ¿Requiere reforma de la Constitución? No

El artículo 122 CE permite que la Ley Orgánica del Poder Judicial regule el sistema de elección.

Por tanto, basta con una reforma de la LOPJ aprobada por mayoría absoluta.

No se necesita:

·       reforma constitucional,

·       referéndum,

·       ni un gran pacto de Estado.

Solo voluntad política para devolver al CGPJ su independencia.

 

6. Conclusión: independencia sin corporativismo, pluralidad sin politización

La despolitización del CGPJ no exige inventar un modelo nuevo.

Exige volver al espíritu constitucional, pero adaptándolo a la realidad actual.

Un sistema de elección profesional, plural y ponderado:

·       refuerza la independencia judicial,

·       evita el corporativismo,

·       elimina la colonización partidista,

·       y devuelve legitimidad al órgano.

Es una reforma sencilla, viable y profundamente regeneradora.

Y es, sobre todo, una forma de proteger la separación de poderes, que es la base de cualquier democracia sólida.

Comentarios