De Schumpeter a García Trevijano: Una lectura comparada sobre la degradación de la partidocracia y la hipótesis del Compliance civil


 

De Schumpeter a García Trevijano: Una lectura comparada sobre la degradación de la partidocracia y la hipótesis del Compliance civil

Al analizar la crisis de gobernanza que atraviesa España, suele surgir un dilema repetido: o nos resignamos a la inercia de la partidocracia actual como si fuera un mal sin remedio, o nos acogemos al voluntarismo de una enmienda a la totalidad que exige refundar el Estado desde sus cimientos.

Frente a esta disyuntiva, me parece sumamente fecundo poner en diálogo dos lecturas de la política que, partiendo de presupuestos distintos, ofrecen claves complementarias para entender nuestro presente: el análisis sociológico de Joseph Schumpeter y la teoría de la libertad política de Antonio García Trevijano.

El propósito de esta entrada es explorar qué ocurre cuando cruzamos ambas visiones y cómo de esa síntesis teórica podría surgir, al menos sobre el papel, una alternativa metodológica basada en la ingeniería del cumplimiento normativo (Compliance).

1. El diagnóstico convergente: El mercado bloqueado y la falta de representación

Aunque Schumpeter escribe como economista y sociólogo, y García Trevijano como jurista y pensador político, ambos coinciden en una constatación anatómica fundamental: el sistema político actual no opera como un régimen representativo, sino como un oligopolio de partidos.

  • Schumpeter nos enseñó que la democracia funcional no es el gobierno idealizado de la voluntad popular, sino un método de selección de líderes mediante la competencia organizada. Cuando los competidores (los partidos) se alían para erigir barreras de entrada, la competencia se anula y el método se atrofia.
  • García Trevijano diseccionó con precisión la mecánica jurídica de ese bloqueo. Explicó cómo la combinación de listas cerradas y la confusión de poderes en origen despoja al ciudadano de representación real. El diputado, condicionado por la disciplina de siglas, responde ante el aparato de su partido y no ante los electores de su distrito.

Desde mi punto de vista, ambos análisis señalan la misma raíz: los partidos políticos se han transformado en corporaciones que utilizan el presupuesto público y el control de las instituciones para blindarse frente a la propia sociedad civil.

2. La perspectiva histórica sobre la propuesta de Trevijano

Quienes nos hemos interesado por la vasta obra de García Trevijano y el Movimiento de Ciudadanos por la República Constitucional (MCRC) nos formulamos con frecuencia una pregunta inevitable: ¿por qué un cuerpo doctrinal tan sólido sobre la separación de poderes no llegó a articular una reforma efectiva en la praxis política española?

Sin pretender agotar el tema, me parece que influyeron varios factores de contexto y de método:

1.    La época de gestación: Durante los años 80 y 90, la sociedad española vivía bajo el impacto del crecimiento económico y la integración europea. La advertencia sobre la degradación de la partidocracia se percibía entonces como una discusión teórica lejana, pues el coste del modelo aún no era evidente. Hacía falta la acumulación de déficit, la asfixia regulatoria y la colonización institucional que presenciamos hoy para que el problema se entendiera en toda su crudeza.

2.    El enfoque táctico de la ruptura: La estrategia del MCRC se vertebró en torno a la exigencia de un proceso constituyente y una ruptura formal. Al plantear el cambio como un salto binario —o se disuelve el régimen o no hay avance posible—, la propuesta quedó aislada de los mecanismos normativos ordinarios, que son los que en la práctica condicionan el día a día del ciudadano.

3.    La ausencia de una herramienta de control técnico: El planteamiento de Trevijano se centró en la batalla de las ideas y la agitación doctrinal. Sin embargo, no contempló el diseño de una infraestructura técnica y financiera dedicada a elaborar propuestas de ley concretas, litigar en tribunales o medir cuantitativamente el impacto de la arbitrariedad regulatoria.

3. Una hipótesis de trabajo: La Fundación como herramienta de Compliance

Es aquí donde me he permitido plantear una idea de debate: ¿sería posible trasladar la exigencia de libertad institucional de Trevijano al terreno del pragmatismo reformista utilizando el instrumental schumpeteriano?

A mi juicio, para introducir reformas de calado en la arquitectura del Estado no es estrictamente necesario abrir un proceso constituyente ni modificar la forma de Estado. Muchas de las patologías que padecemos no residen en el núcleo constitucional de 1978, sino en la legislación ordinaria y orgánica (LOREG, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley General de Subvenciones).

Por ello, propongo como mera hipótesis teórica la utilidad de lo que podríamos llamar una Fundación de Ingeniería Institucional:

  • Un Compliance Office civil: No como un partido político ni un movimiento de protesta, sino como un órgano técnico e independiente dedicado a auditar las instituciones, redactar borradores legislativos de reforma y ejercer presión normativa.
  • Pragmatismo normativo: Traducir los principios de despolitización y representación en artículos concretos (listas abiertas, elección del CGPJ por la carrera judicial, eliminación de subvenciones a partidos y sindicatos, y límites al Decreto-Ley).
  • Financiación y rigor independientes: Una estructura concebida sobre la base de la financiación estrictamente privada y sometida a revisión anónima por pares en sus estudios, que actúe como un centro de cálculo frío en favor de las reglas del juego democrático.

Conclusión: Una aportación al debate de las ideas

No pretendo liderar ni convocar ninguna iniciativa de esta naturaleza. Mi tarea es sencillamente la de un observador que intenta aportar esquemas de análisis.

Trevijano nos legó la exigencia conceptual de la representación y la separación de poderes; Schumpeter, el realismo sobre cómo funcionan los incentivos en el mercado político. La idea de una fundación de ingeniería institucional es solo un plano que someto a la consideración de mis lectores: una propuesta de cómo la sociedad civil podría, cuando las circunstancias lo permitan, dotarse de una herramienta técnica para exigir de forma efectiva la regeneración de nuestra vida pública.

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