El sector de las Organizaciones Sin Fines de Lucro y la Diligencia Debida: actualización normativa y operativa (2025)

El sector de las Organizaciones Sin Fines de Lucro y la Diligencia Debida: actualización normativa y operativa (2025)

💥Las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL), también conocidas como NPOs u ONGs, desempeñan un papel esencial en la acción social, la cooperación internacional y la protección de colectivos vulnerables. Sin embargo, su estructura abierta, su acceso a fondos y su presencia en zonas sensibles las convierte en entidades expuestas a riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (PBCFT), como reconoce el GAFI en su Recomendación 8, actualizada en 2023.

1. Marco normativo vigente

2. Obligaciones específicas de las OSFL

Las fundaciones y asociaciones deben:

  • Identificar formalmente a donantes ≥ 100 euros y a beneficiarios de fondos gratuitos.
  • Conservar registros durante 10 años sobre la aplicación de fondos y la identidad de las partes implicadas.
  • Designar un representante ante el SEPBLAC, responsable de la estructura PBCFT.
  • Implementar procedimientos para garantizar la idoneidad ética y profesional de sus órganos de gobierno.
  • Controlar la ejecución técnica y financiera de los proyectos, incluyendo la trazabilidad de fondos y beneficiarios.
  • Informar al SEPBLAC de cualquier indicio de blanqueo o financiación del terrorismo.

3. Áreas clave de control PBCFT

El Reglamento y las recomendaciones del Tesoro definen tres áreas operativas:

a) Funcionamiento de los órganos de gobierno

  • Comprobación de la idoneidad de miembros.
  • Revisión de estatutos, facultades y régimen de acuerdos.
  • Participación activa en la planificación y supervisión.
  • Prevención de conflictos de interés.

b) Planificación y seguimiento técnico

  • Definición clara del objeto social.
  • Selección ética de beneficiarios y contrapartes.
  • Aprobación de proyectos por el órgano de gobierno.
  • Información transparente a donantes sobre ejecución.

c) Transparencia financiera

  • Criterios para aceptar donaciones.
  • Supervisión de ingresos, gastos y beneficiarios.
  • Presupuestos y liquidaciones aprobadas.
  • Auditorías externas en función del riesgo.
  • Cuentas bancarias diferenciadas por proyecto.

4. Tecnología y colaboración

La eficacia del control PBCFT exige herramientas digitales adaptadas al sector:

  • Sistemas de seguimiento interno con informes de progreso y finalización.
  • Colaboración con asesores especializados en PBCFT.
  • Integración con plataformas bancarias para trazabilidad de fondos.
  • Formación continua del personal y voluntariado.

Esta entrada complementa mi entrada original

Mi análisis de 2016 sigue siendo una guía de referencia, especialmente por su enfoque estructural y ético. Esta actualización no la sustituye, sino que la complementa, incorporando los avances normativos y tecnológicos que permiten a las OSFL cumplir con sus obligaciones sin perder su vocación altruista.

 


Comentarios