El SEPBLAC explicado: Capítulo 7 — El SEPBLAC y los sujetos obligados


 

“El SEPBLAC explicado: guía esencial para profesionales y estudiantes”

 

Capítulo 7 — El SEPBLAC y los sujetos obligados

El sistema de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo solo funciona si los sujetos obligados —entidades financieras, profesionales y sectores vulnerables— aplican controles eficaces y colaboran activamente con el SEPBLAC. La relación entre ambos no es meramente administrativa: es una relación de corresponsabilidad, donde cada parte aporta una pieza esencial del sistema.

El SEPBLAC analiza, supervisa y coordina, pero son los sujetos obligados quienes están en primera línea, detectando operaciones sospechosas y aplicando medidas de diligencia debida. Este capítulo explica qué espera el SEPBLAC de ellos y cómo se construye una relación eficaz.

 

7.1 Quiénes son los sujetos obligados

La Ley 10/2010 establece una lista amplia de sujetos obligados, que incluye:

·       Entidades financieras (bancos, aseguradoras, entidades de pago).

·       Profesionales jurídicos (notarios, registradores, abogados en ciertos supuestos).

·       Profesiones económicas (asesores fiscales, auditores, contables externos).

·       Sectores vulnerables (inmobiliarias, joyerías, casinos, arte y antigüedades).

·       Proveedores de servicios de criptoactivos.

·       Comerciantes que aceptan pagos en efectivo por encima de ciertos umbrales.

Cada sector tiene riesgos específicos, pero todos comparten obligaciones comunes.

 

7.2 Qué espera el SEPBLAC de los sujetos obligados

Aunque la normativa es extensa, el SEPBLAC valora especialmente la eficacia real del sistema de prevención. Esto implica:

a) Evaluaciones de riesgo sólidas y actualizadas

No plantillas genéricas, sino análisis propios, adaptados al negocio y revisados periódicamente.

b) Diligencia debida proporcionada al riesgo

·       Identificación y verificación rigurosa.

·       Conocimiento del propósito de la relación de negocio.

·       Seguimiento continuo, especialmente en clientes de riesgo alto.

c) Sistemas de control interno vivos

Políticas y procedimientos que se aplican de verdad, no documentos decorativos.

d) Formación continua y adaptada

El personal debe saber detectar señales de alerta y entender sus obligaciones.

e) Capacidad para detectar patrones

No solo operaciones aisladas, sino comportamientos inusuales o incoherentes.

f) Comunicaciones por indicio bien fundamentadas

Claras, oportunas y con análisis propio, no meras transcripciones de movimientos.

g) Órganos de control interno con autoridad real

Con independencia, recursos y acceso a la dirección.

En resumen: el SEPBLAC busca calidad, coherencia y proporcionalidad.

 

7.3 La comunicación por indicio: el puente entre la entidad y el SEPBLAC

La comunicación por indicio (CPI) es la herramienta principal de colaboración. El SEPBLAC valora especialmente:

·       Oportunidad: comunicar sin retrasos injustificados.

·       Claridad: explicar el razonamiento, no solo describir operaciones.

·       Contexto: por qué la operación es inusual para ese cliente.

·       Coherencia: que la CPI encaje con el perfil de riesgo de la entidad.

·       Calidad documental: anexos relevantes, no información irrelevante.

Una CPI bien elaborada facilita el análisis y aumenta la eficacia del sistema.

 

7.4 Buenas prácticas que el SEPBLAC reconoce

Aunque no existe un “manual oficial”, la experiencia muestra que el SEPBLAC valora especialmente:

·       Sistemas automatizados que detectan patrones complejos, no solo reglas simples.

·       Revisiones periódicas del modelo de riesgo.

·       Participación activa del órgano de administración.

·       Retroalimentación interna tras inspecciones o requerimientos.

·       Coherencia entre lo que se declara y lo que se hace.

·       Uso prudente de externalizaciones, manteniendo el control interno.

·       Comunicación fluida con el SEPBLAC ante dudas o incidencias.

Estas prácticas distinguen a una entidad madura de una que solo cumple formalmente.

 

7.5 Errores frecuentes que el SEPBLAC detecta

Entre los errores más comunes:

·       Evaluaciones de riesgo genéricas o copiadas.

·       Falta de seguimiento continuo en clientes de riesgo alto.

·       Formación insuficiente o meramente formal.

·       CPI sin análisis propio, basadas solo en descripciones.

·       Falta de coherencia entre políticas y práctica real.

·       Delegación excesiva en proveedores externos.

·       Sistemas tecnológicos desactualizados.

Estos errores suelen derivar en medidas correctoras o incluso sanciones.

 

7.6 La relación SEPBLAC–entidades: un diálogo técnico

La relación no es de confrontación, sino de colaboración técnica. El SEPBLAC:

·       Supervisa, pero también orienta.

·       Exige, pero también explica.

·       Sanciona cuando es necesario, pero prioriza la corrección.

·       Valora la transparencia y la cooperación de las entidades.

Un sujeto obligado que comunica bien, que corrige deficiencias y que demuestra compromiso suele tener una relación fluida y constructiva con el SEPBLAC.

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