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Algunas ideas sobre el Riesgo y la Diligencia Debida

¿Podría haber una prevención activa de la financiación del terrorismo?

El proceso de investigación en la prevención pasiva de la financiación del terrorismo

La prevención pasiva de la financiación del terrorismo

El Riesgo en la prevención del blanqueo de capitales

El intercambio de información por indicios comunicada al SEPBLAC: Art. 33.2 de la Ley 10/2010

El intercambio de información en circunstancias excepcionales: Art. 33.1 de la Ley 10/2010

La prohibición de revelación: Art. 24 de la Ley 10/2010

La OCP del Notariado

El Art. 26 y las Recomendaciones de control y sistema de autoevaluación del SEPBLAC

La reforma de la Cuarta Directiva

Los “indicadores de riesgo de corrupción en las actividades económicas internacionales”. Su utilización operativa en la prevención del blanqueo de capitales.

El bloqueo de la financiación del terrorismo, según la normativa española